Protocolos de Bioseguridad

Protocolos de Bioseguridad

En el marco del proceso de reactivación económica del país, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el Covid-19 para las Agencias de Viajes y Turismo” con el fin de que las empresas de este rubro vuelvan a operar, luego de cuatro meses de paralización por el estado de emergencia nacional, salvaguardando la salud de sus trabajadores y usuarios.

Mediante Resolución Ministerial Nº 112-2020-MINCETUR, publicada el viernes 3 de julio en el Diario Oficial El Peruano, el Mincetur estableció las medidas preventivas sanitarias que deben cumplir las agencias de viajes y turismo, con el fin de prevenir la transmisión y propagación del coronavirus, realizar la vigilancia de la salud del personal, y el regreso y reincorporación al trabajo.

El presente protocolo establece disposiciones de higiene y saneamiento; uso de equipos de protección; protocolos en áreas de atención, áreas administrativas y áreas operativas; designación de personal para actividades de identificación de sintomatología; entre otros. También señala las responsabilidades en materia sanitaria de la empresa, trabajadores, clientes, proveedores y terceros, así como la verificación continua de su cumplimiento.

Algunas medidas son: control de temperatura en la agencia, uso de equipos de seguridad sanitaria, optar por medios de pago virtuales, registrar la preexistencia de enfermedades y datos como seguro de viajes, capacitar al personal y a los guías de turismo sobre los protocolos, entre otras disposiciones de cumplimiento obligatorio para las agencias de viajes minoristas, mayoristas y operadores de turismo.